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ComparaEC

Liquidacion o finiquito

Lo que cobras al salir depende de cómo sales. Elige la causal y mira separado lo que te toca siempre de lo que solo aparece en ciertos casos.

Base legal: Codigo del Trabajo

En el último período anual.
Rubros que ya cobrabas mes a mes

Qué cambia según la causal

La confusión más común es creer que al renunciar no se cobra nada. Se cobra: lo que se pierde es la indemnización, no lo proporcional.

CausalProporcionalesArt. 188Art. 185
Renuncia voluntariaNoNo
Despido intempestivo
DesahucioNo
Mutuo acuerdoNo
Fin del plazo del contratoNoNo

Los proporcionales, uno por uno

  • Décimo tercero: la parte del período que corre de diciembre a noviembre.
  • Décimo cuarto: la parte del período escolar de tu región.
  • Vacaciones no gozadas: los días que ganaste y no tomaste.
  • Fondos de reserva: solo si llevas más de un año y no te los pagaban mensualizados.

Si el número no te cuadra

El acta de finiquito se legaliza ante el Ministerio del Trabajo y ahí puedes objetarla. No firmes un acta que no entiendes: una vez legalizada, discutirla cuesta mucho más. Miraqué hacer si te despiden.

Antes de usar este resultado

  • Es un calculo referencial. Sirve para saber si lo que te ofrecen se acerca a lo que dice la ley, no para reemplazar tu acta de finiquito.
  • El acta oficial se legaliza ante el Ministerio del Trabajo. Si el numero no cuadra,no firmes y pide que te expliquen el desglose.
  • Este sitio no da asesoria legal. Si hay un conflicto de por medio, habla con un abogado laboral o con la Defensoria Publica, que es gratuita.

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