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Renuncia o despido: cual te conviene

La calculadora de liquidación te da una causal a la vez. Esta te da las cinco juntas, con tus mismos números, para que veas exactamente cuánta plata hay entre una y otra.

Base legal: Arts. 185 y 188 del Codigo del Trabajo

Si todavía no sales, pon la fecha que estás evaluando.
En el último período anual.
Rubros que ya cobrabas mes a mes

Para qué sirve ver las cinco juntas

Porque la pregunta real casi nunca es "cuánto me toca". Es"¿me conviene renunciar ahora o aguantar?", y esa no se responde con un número solo: se responde con la diferencia entre dos.

Lo proporcional —décimos, vacaciones, fondos— es igual en las cinco columnas, porque ya te lo ganaste. Lo único que se mueve son las indemnizaciones. Por eso la diferencia entre renunciar y que te despidan puede ser de varios sueldos, o de casi nada si llevas poco tiempo.

Lo que esto NO decide por ti

  • No te dice que provoques un despido. Forzar la situación puede terminar en un abandono del puesto, que se cuenta como terminación por tu parte y no paga indemnización.
  • No calcula el tiempo ni el costo de reclamar. Cobrar una indemnización que el empleador no quiere pagar puede tomar meses.
  • No sabe si tu caso califica. El visto bueno y el despido con causa legal tienen reglas propias que no están aquí.
  • No incluye impuesto a la renta. Las indemnizaciones tienen tratamiento tributario propio y depende de tu caso.

Si vas a decidir con esto

Lee primero qué te pagan en cada caso y, si el despido ya ocurrió, qué hacer los primeros días. El desglose rubro por rubro de una sola causal está en lacalculadora de liquidación.

Antes de usar este resultado

  • Es un calculo referencial. Sirve para saber si lo que te ofrecen se acerca a lo que dice la ley, no para reemplazar tu acta de finiquito.
  • El acta oficial se legaliza ante el Ministerio del Trabajo. Si el numero no cuadra,no firmes y pide que te expliquen el desglose.
  • Este sitio no da asesoria legal. Si hay un conflicto de por medio, habla con un abogado laboral o con la Defensoria Publica, que es gratuita.

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