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Las fechas que cambian tu indemnización

Tu indemnización por despido no crece día a día: se queda quieta meses y salta de golpe en fechas concretas. Con tu fecha de ingreso te decimos cuáles son las tuyas y cuánto cambia la cifra en cada una.

Base legal: Arts. 185 y 188 del Código del Trabajo Cómo verificamos esto

Fecha de ingreso

Por qué la cifra salta en vez de subir poco a poco

Porque las dos indemnizaciones cuentan el tiempo en años enteros, no en días, y cada una lo hace de una forma distinta:

  • Art. 185, la bonificación por desahucio. Es el 25% de la remuneración por cada año completo. La fracción no cuenta, así que sube el día de cada aniversario.
  • Art. 188, la indemnización por despido. Cuenta la fracción de año como año completo. Así que sube el día siguiente al aniversario: basta un día de fracción para que se cuente un año más.

Sumadas, cada aniversario mueve la cifra en dos escalones consecutivos: un 25% de sueldo el día del aniversario y un sueldo entero al día siguiente. Hay dos excepciones en el Art. 188. Los tres primeros años valen siempre 3 remuneraciones, así que después del primer y del segundo aniversario esa parte no sube; el primer sueldo extra llega el día siguiente al tercero. Y pasado el tope de 25, que se explica más abajo, el Art. 188 ya no se mueve.

La indemnización sube en escalones, no en rampa La cifra se mantiene plana durante todo el año y sube de golpe en el aniversario y en el día siguiente. todo el año igual aniversario al día siguiente +25% +1 sueldo Art. 188 Art. 185
Entre un aniversario y el siguiente la cifra no se mueve. Todo el cambio ocurre en dos días seguidos.

Para qué sirve saber esto

La indemnización del Art. 188 existe solo si el empleador termina la relación sin causa, así que no es algo que puedas elegir: forzar la situación puede terminar en abandono del puesto, que no paga nada. Lo que sí puedes hacer son estas dos cosas.

  • Para revisar una fecha que te dieron. Si te comunican una salida justo antes de un escalón, ahora tienes cómo verlo. Esa práctica existe: la Corte Nacional de Justicia dictó en 2025 jurisprudencia obligatoria sobre la base de cálculo precisamente porque se manipulaba el momento del despido para achicar la cifra.
  • Para negociar una fecha de salida. En un desahucio o un mutuo acuerdo, la fecha se conversa. Ahí no entra el Art. 188, solo la bonificación del Art. 185, así que el salto que importa es el del aniversario: salir el día del aniversario y no el anterior suma un 25% de sueldo. Es información que deberías tener antes de sentarte, no después.

El tope de los 25 años

El Art. 188 limita la indemnización a 25 remuneraciones. A partir de ahí los aniversarios dejan de mover esa parte, aunque la bonificación del Art. 185 sigue subiendo con cada año completo. Si estás en ese rango, la tabla te lo va a mostrar: el día siguiente al aniversario sale sin cambio y el único salto que queda es el del aniversario.

Los aniversarios 20 y 25: la jubilación patronal

Dos aniversarios mueven algo más que estas indemnizaciones. Si te despiden después de cumplir 20 años con el mismo empleador y antes de los 25, el Art. 188 te da además la parte proporcional de la jubilación patronal. Desde los 25 años, por el Art. 216, la jubilación patronal es completa, salgas como salgas. Los años pueden ser seguidos o con interrupciones, siempre con el mismo empleador.

La tabla de escalones marca esos dos aniversarios, pero no suma la jubilación: es una pensión mensual que paga el empleador y se calcula con tu edad, tu promedio de los últimos cinco años y tus fondos de reserva. Si estás cerca de alguno de los dos, saca la cifra en la calculadora de jubilación patronal antes de hablar de una fecha de salida.

De dónde salen estas cifras

De los Arts. 185 y 188 del Código del Trabajo, leídos en la norma. El detalle de cada constante y su nivel de verificación está en cómo verificamos cada cifra.

Antes de usar este resultado

  • Es un cálculo referencial. Sirve para saber si lo que te ofrecen se acerca a lo que dice la ley, no para reemplazar tu acta de finiquito.
  • El acta oficial se legaliza ante el Ministerio del Trabajo. Si una cifra del acta no coincide con este desglose, no firmes y pide que te expliquen de dónde sale.
  • Este sitio no da asesoría legal. Si hay un conflicto de por medio, habla con un abogado laboral o con la Defensoría Pública, que es gratuita.